Autodespido o Despido Indirecto

Si tu empleador no cumple sus obligaciones (sueldo, cotizaciones), te ayudamos a salir y cobrar tus indemnizaciones.

Plazo para demandar

60 días hábiles (desde cese)

Recargo Legal

50% a 80%

Evalúa tu caso gratis

¿Cuándo puedes Autodespedirte?

El autodespido aplica cuando el empleador comete un incumplimiento grave. Las causales más comunes son:

  • No pago de remuneraciones (sueldo).
  • No pago de cotizaciones previsionales.
  • Acoso laboral o sexual (Ley Karin).
  • Vulneración de derechos fundamentales.
  • Cambio de funciones sin tu acuerdo.
  • Incumplimiento grave de higiene y seguridad.
Trabajador redactando carta de autodespido

Qué Hacemos por Ti

El autodespido es un proceso técnico. Un error en la carta puede hacerte perder el juicio. Te guiamos en todo.

  • Análisis de viabilidad y de la causal correcta.
  • Redacción de la Carta de Autodespido (requisito clave).
  • Envío de la carta al empleador y a la Dirección del Trabajo.
  • Redacción y presentación de la demanda judicial.
  • Representación y defensa en juicio para cobrar tus indemnizaciones.

Nuestro Proceso (3 Pasos)

1. Análisis y Carta

Revisamos tu caso. Si es viable, redactamos y enviamos la carta de autodespido. (Dejas de trabajar).

2. Demanda y Mediación

Presentamos la demanda ante el tribunal y te representamos en la mediación obligatoria.

3. Juicio y Pago

Demostramos el incumplimiento del empleador en juicio para obtener el pago de todo lo adeudado más los recargos.

Criterios Clave y Mini-Casos

Estos son escenarios comunes de autodespido exitoso.

Caso: No pago de cotizaciones (Lagunas)

Situación: Empleador no pagó 3 meses de AFP y Salud.
Resultado: Se consideró incumplimiento grave. Se ganó el juicio, obteniendo el 50% de recargo sobre los años de servicio.

Caso: Acoso laboral (Tutela)

Situación: Jefatura directa realizaba hostigamientos constantes, probados por emails y testigos.
Resultado: Autodespido por vulneración de derechos. Se obtuvo recargo del 80% más indemnización por daño moral.

Dudas Frecuentes sobre Autodespido

Ganas el derecho a recibir tu indemnización por años de servicio, más el mes de aviso, y un recargo legal sobre los años de servicio. Este recargo es generalmente del 50%, pero puede subir a 80% si la causal es acoso o vulneración de derechos.

No. El autodespido pone término inmediato a la relación laboral desde el momento en que se envía la carta al empleador y a la Dirección del Trabajo. No debes seguir asistiendo.

Si el tribunal considera que el incumplimiento no fue "grave" o no se probó, se entiende que la relación laboral terminó por "renuncia" del trabajador. En ese escenario, pierdes el derecho a las indemnizaciones (años de servicio y mes de aviso). Por eso la evaluación inicial gratuita es tan importante.